BASE LEGAL
LEY ORGÁNICA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
LICITACIÓN
Art. 48.- Procedencia.- La licitación es un procedimiento de contratación que se utilizará en
los siguientes casos:
1. Si fuera imposible
aplicar los procedimientos dinámicos previstos en el Capítulo II de este Título
o, en el caso que una vez aplicados dichos procedimientos, éstos hubiesen sido
declarados desiertos; siempre que el presupuesto referencial sobrepase el valor
que resulte de multiplicar el coeficiente 0,000015 por el monto del Presupuesto
inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico;
2. Para contratar la
adquisición de bienes o servicios no normalizados, exceptuando los de
consultoría, cuyo presupuesto referencial sobrepase el valor que resulte de
multiplicar el coeficiente 0,000015 por el monto del Presupuesto inicial del
Estado del correspondiente ejercicio económico; y,
3. Para contratar la
ejecución de obras, cuando su presupuesto referencial sobrepase el valor que
resulte de multiplicar el coeficiente 0,00003 por el monto del Presupuesto
inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico.
Art. 49.- De las fases preparatoria y
precontractual.- La fase
preparatoria de todo procedimiento licitatorio comprende la conformación de la
Comisión Técnica requerida para la tramitación de la licitación así como la
elaboración de los pliegos.
La fase
precontractual comprende la publicación de la convocatoria, el procedimiento de
aclaraciones, observaciones y respuestas, contenidos y análisis de las ofertas,
informes de evaluación hasta la adjudicación y notificación de los resultados
de dicho procedimiento.
Las fases
preparatoria y precontractual se regularán en el Reglamento de esta Ley.
REGLAMENTO A LA LOSNCPub.
Art. 49.- Convocatoria.- La convocatoria deberá
publicarse en el Portal www.compraspublicas.gov.ec y contendrá la información
que determine el INCOP.
Art. 50.- Recepción de las
ofertas.-
Las ofertas técnica y económica deberán ser entregadas por los oferentes, hasta
el día y hora señalados en la convocatoria, a través del Portal
www.compraspublicas.gov.ec
De
manera excepcional considerando el nivel de complejidad y magnitud de la
información a presentarse, y previo conocimiento del INCOP, las ofertas podrán
ser entregadas físicamente en el lugar, día y hora señalados en la convocatoria
por la entidad contratante.
Art. 51.- Contenido de las
ofertas.-
Las ofertas deberán cumplir todos los requerimientos exigidos en los Pliegos y
se adjuntará todos y cada uno de los documentos solicitados.
Art. 52.- Término entre
convocatoria y apertura de ofertas.-
El término entre la convocatoria y cierre de recepción de ofertas los fijará la
entidad contratante atendiendo al monto y complejidad de la contratación, en
consideración al tiempo requerido para que los proveedores preparen sus
ofertas. En ningún caso el término será menor a diez días ni mayor a treinta
días, salvo el caso de contrataciones de obras en que el término máximo podrá
ser de hasta cuarenta y cinco días.
Art. 53.- Apertura de las
ofertas.- El
acto de apertura de sobres se hará a través del Portal; o, en el lugar señalado
en la convocatoria, si las ofertas han sido entregadas de manera física en los
casos permitidos.
Una
vez abiertas las ofertas, se publicará en el Portal www.compraspublicas.gov.ec
al menos la siguiente información:
1.
Identificación del Oferente.
2.
Descripción básica de la obra, bien o servicio ofertado; y,
3.
Precio unitario de ser el caso y valor total de la oferta.
Art. 54.- Método de
evaluación de las ofertas.-
La Comisión Técnica revisará que las ofertas cumplan los requisitos mínimos
establecidos en los pliegos y rechazará aquellas que no den cumplimiento a los
mismos.
La
evaluación de las ofertas se efectuará aplicando los parámetros de calificación
previstos en los pliegos.
La
evaluación de una oferta comprende tanto la referida a la propuesta técnica
como a la propuesta económica.
La
oferta evaluada como la mejor será aquella que obtenga el mejor costo de
conformidad con el numeral 18 del artículo 6 de la Ley.
Art. 55.- Término para la
evaluación de las ofertas.-
La evaluación será realizada por la Comisión Técnica luego del cierre de la
apertura de ofertas en un término no mayor a diez (10) días. Si la complejidad
de la contratación lo exige, la entidad contratante podrá establecer en los
pliegos un término adicional de cinco (5) días.
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